martes, 12 de agosto de 2008

ADVOCACY y la LEY de Igualdad de GENEROS



Ningún país puede permitirse no utilizar todos sus recursos humanos.
Las mujeres constituyen la mitad de la reserva mundial de talento y habilidad.
Su exclusión de las posiciones de poder y de los cuerpos electos empobrece la vida pública e inhibe el desarrollo de una
sociedad justa.

¿Qué pueden hacer los hombres...
con divas de salas de fiestas y con mujeres que intentan ser presidentas de partidos políticos y en última instancia primeras ministras; con mujeres y niñas que sobrepasan en número a los varones en las escuelas; con mujeres que osan entrar en centros de aprendizaje, profesiones y pasatiempos que se reservaban exclusivamente a los hombres?

¿Qué pueden hacer los hombres...
cuando las mujeres empiezan a hablar de igualdad de derechos; cuando las mujeres empiezan a declarar que LOS DERECHOS DE LAS MUJERES SON DERECHOS HUMANOS; cuando las mujeres empiezan a reclamar:

El derecho a trabajar
El derecho a recibir una educación del nivel y tipo de su elección
El derecho a disfrutar del mayor nivel de salud física y mental
El derecho a determinar si quieren y cuándo quieren tener hijos, y si quieren, cuándo y con quién practicar el sexo
El derecho a participar en la vida política y en la toma de decisiones a todos los niveles de la sociedad
El derecho a disfrutar del desarrollo cultural, económico, político y social
¿Qué pueden hacer los hombres...
cuando ya no pueden proclamar que son "los que ganan el pan" o el "cabeza" del hogar; cuando las mujeres empiezan a obtener cosas por sí mismas?

Fuente: Boletin 2001:14 Tecnicas y materiales de Advocacy
http://wide.gloobal.net/wspa/wide14/wide4.htm

Por Melissa Conejeros